
Fin del período transitorio de MiCA: lo que cambia a partir del 1 de julio
Hoy, 1 de julio de 2026, finaliza el período transitorio de 18 meses previsto en el artículo 143 de MiCA (Reglamento UE 2023/1114), al que España se acogió tras la entrada en vigor del Reglamento el 30 de diciembre de 2024. Desde hoy, solo pueden operar en España los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) autorizados por la CNMV o con pasaporte europeo MiCA válido.
ESMA ha instado a los CASP no autorizados a cesar de forma ordenada su actividad, lo que implica dejar de captar nuevos clientes, limitar la operativa a la salida de posiciones existentes y comunicar a los usuarios un plan de migración, todo ello con estricto cumplimiento de la normativa de prevención de blanqueo de capitales.
El caso de Binance, que retiró su solicitud pocos días antes de finalizar el período transitorio, e inicia una salida escalonada en España, ilustra el nuevo escenario regulatorio. De más de mil proveedores, apenas unos 240 han logrado completar los procesos necesarios para obtener una autorización válida, consolidando así un mercado más estrecho y mejor supervisado en el que la banca y los exchanges regulados parten con una clara ventaja competitiva.


