
La falta de distribución de beneficios como causa de separación del socio
Artículos
3/2/17
Autores
Patricia Macarena Juárez
Este artículo forma parte de Empresa Global
Nº 170 - Febrero 2017
El pasado 31 de diciembre de 2016 finalizó la suspensión de la aplicación del artículo 348 bis de laLey de Sociedades de Capital («LSC») que concedeel derecho de separación a los socios en casos deno distribución de dividendos. El legislador añadeesta causa de separación a las previstas en la ley ya aquellas que sean determinadas en los estatutospor los propios socios (artículos 346 y 347 LSC, respectivamente).

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